Finanzas

El INSS pierde el recurso: una dependienta con fibromialgia logra el 100% de su pensión

by Alex Harring
El INSS pierde el recurso: una dependienta con fibromialgia logra el 100% de su pensión

El INSS pierde el recurso: Una dependienta de Ciudad Real ha conseguido algo que muchos solicitantes de incapacidad permanente dan por imposible: que la Justicia confirme, incluso en segunda instancia, que su fibromialgia y las patologías que la acompañan la incapacitan para cualquier trabajo. El Instituto Nacional de la Seguridad Social recurrió la sentencia que le reconocía la incapacidad permanente absoluta, convencido de que podría revertirla. No lo consiguió.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en resolución de 10 de julio de 2026 con ponencia de la magistrada Ethel Honrubia Gómez, desestimó el recurso de suplicación del organismo y dejó firme el fallo dictado en primera instancia por el Juzgado de lo Social número 1 de Ciudad Real. La trabajadora, diagnosticada de discopatía degenerativa, fibromialgia, síndrome de sensibilización central y colon irritable, mantiene así el derecho a cobrar el 100% de una base reguladora de 823,45 euros, con efectos económicos desde el 4 de marzo de 2024.

Detrás de esta cifra hay un litigio de fondo que interesa a cualquier persona con un expediente de incapacidad en marcha, esté empezando el trámite o esperando la resolución de un recurso: ¿qué peso tiene realmente el informe del médico evaluador de la Seguridad Social frente al criterio de un juez?

El dictamen del EVI orienta, pero no manda

El Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) es el órgano que examina cada expediente y propone al INSS si procede reconocer una incapacidad y en qué grado. Su informe es la base sobre la que se asienta la resolución administrativa, y por eso buena parte de los solicitantes lo interpreta como un veredicto definitivo cuando les llega una denegación o un grado inferior al que esperaban.

No lo es. Los tribunales españoles vienen insistiendo en que ese dictamen tiene un valor meramente orientativo y no vincula al juez, quien está obligado a valorar libremente el conjunto de la prueba que se le presenta: informes de especialistas, pruebas diagnósticas objetivas, periciales de parte y la descripción real de las funciones y exigencias del puesto de trabajo.

Dicho de otro modo: un dictamen desfavorable del EVI cierra la vía administrativa, pero no cierra el caso. Lo que cierra realmente el expediente es una sentencia firme, y hasta llegar a ella hay recorrido para revertir una primera negativa.

Qué significa tener una incapacidad permanente absoluta

La incapacidad permanente absoluta es el grado que reconoce que una persona no puede desempeñar ninguna profesión u oficio, no solo el que venía ejerciendo hasta el momento de la baja. Es, junto con la gran invalidez, uno de los grados más protectores del sistema, y da derecho al 100% de la base reguladora calculada a partir de las cotizaciones del trabajador.

A diferencia de la incapacidad permanente total —que permite compatibilizar la pensión con otro trabajo distinto al habitual sin apenas restricciones—, la absoluta tiene un régimen de compatibilidad mucho más limitado, pensado para personas cuya situación clínica les impide, en la práctica, cualquier actividad laboral regular.

En el caso de Ciudad Real, la base reguladora reconocida es relativamente baja: 823,45 euros mensuales. Es una cifra habitual en carreras de cotización marcadas por jornadas parciales, periodos de inactividad o salarios bajos, algo frecuente en el sector de la dependencia y los cuidados. Cuando la cuantía resultante queda por debajo del mínimo legal, conviene revisar si corresponde el complemento a mínimos, un suplemento que eleva la prestación hasta la cuantía garantizada en función de la situación familiar del beneficiario.

Por qué la fibromialgia complica tanto estos expedientes

La fibromialgia, junto con el síndrome de sensibilización central, plantea un problema que otras patologías no tienen: no existe una prueba de imagen que muestre el dolor. Una resonancia o una radiografía no reflejan la fatiga, la rigidez o el agotamiento cognitivo que describe quien la padece.

Esa ausencia de un correlato visible es precisamente lo que suele usar la Seguridad Social para denegar o rebajar el grado de incapacidad en estos casos. Y es también la razón por la que muchos expedientes de fibromialgia se pierden no porque el tribunal dude del diagnóstico, sino porque el expediente no aporta suficiente información sobre cómo ese diagnóstico se traduce en el día a día.

Aquí está la clave que conviene interiorizar: lo que realmente pesa en estos procesos no es el nombre de la enfermedad, sino la descripción precisa de las limitaciones funcionales. Cuánto tiempo puede permanecer la persona de pie o sentada, qué peso puede levantar o manipular, cuántas horas seguidas es capaz de mantener la concentración, con qué frecuencia e intensidad aparecen los brotes de dolor y fatiga.

Cuando esos datos constan por escrito, avalados por especialistas del sistema público de salud, el juez dispone de material suficiente para apartarse del criterio del EVI y fundamentar una sentencia favorable, como ha ocurrido en este caso. Cuando el expediente solo recoge el diagnóstico —”fibromialgia”, sin más desarrollo— la sentencia suele ir en la dirección contraria.

Cómo preparar un recurso con garantías

Para quien se enfrenta a una denegación o a un grado inferior al solicitado, la experiencia de estos casos deja una hoja de ruta bastante clara:

  • Solicitar el expediente administrativo completo, incluido el dictamen del EVI, para saber con exactitud qué se ha valorado y qué se ha omitido.
  • Reunir informes de especialistas actualizados que describan limitaciones funcionales concretas, no solo diagnósticos genéricos.
  • Aportar una descripción realista y detallada del puesto de trabajo: tareas, posturas mantenidas, cargas que se manejan y ritmos de trabajo exigidos.
  • Respetar escrupulosamente los plazos del procedimiento: 30 días hábiles para presentar la reclamación previa tras la denegación, y otros 30 días para formalizar la demanda una vez resuelta esa reclamación.

La otra cara de la moneda: el INSS también recurre

Este caso deja además una lección que sorprende a muchos beneficiarios: ganar en el juzgado de lo social no siempre significa el final del proceso. La Seguridad Social tiene la potestad de recurrir en suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia correspondiente, lo que puede alargar el litigio varios meses más, como ha sucedido en Ciudad Real.

El fenómeno se repite también en sentido inverso: no son pocos los casos en los que el organismo retira una pensión ya reconocida alegando mejoría del beneficiario, obligando de nuevo a la persona afectada a defender su situación clínica ante los tribunales. En uno y otro escenario, el factor decisivo es el mismo: contar con documentación clínica sólida, actualizada y capaz de describir con precisión cómo la enfermedad limita la vida y el trabajo de la persona.

La resolución del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha deja, en definitiva, un mensaje que conviene recordar a cualquiera que acabe de recibir una denegación de incapacidad: esa carta no es la última palabra sobre su situación. Es, en la mayoría de los casos, el punto de partida de la vía judicial, un camino que como demuestra esta sentencia puede terminar con la pensión reconocida y confirmada frente a los sucesivos recursos de la Administración.

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Alex Harring

Especialista en accesibilidad universal, discapacidad e inclusión social. Cuenta con formación en Accesibilidad Universal y Diseño para Todos y experiencia en divulgación sobre discapacidad, dependencia, derechos y accesibilidad. Su objetivo es ofrecer información clara, útil y actualizada para las personas con discapacidad y sus familias.

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