Pensión vitalicia de 2.152 euros:Cuando la Seguridad Social reconoce una incapacidad permanente, muchos trabajadores dan el asunto por cerrado. Este caso demuestra que no siempre tiene por qué ser así. Un taxista de Gijón decidió no conformarse con el grado que le concedieron, acudió a los tribunales y logró un reconocimiento mayor y una pensión vitalicia de 2.152,07 euros al mes. Te contamos qué pasó, por qué ganó y qué puedes aprender si te encuentras en una situación parecida.
El caso, paso a paso
El protagonista es un taxista que dejó de trabajar por problemas de salud. Inició el trámite de incapacidad permanente tras agotar una baja laboral de 545 días, y la entidad gestora le concedió inicialmente una incapacidad total para su trabajo habitual de taxista.
No estuvo de acuerdo. Presentó una reclamación previa que fue desestimada y acudió al juzgado, que estimó sus pretensiones. El Juzgado de lo Social número 2 de Gijón le dio la razón, y el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Asturias respaldó esa decisión.
El resultado final fue la incapacidad permanente absoluta. La sentencia del TSJ es del 19 de mayo, desestima el recurso del INSS y ratifica la de primera instancia.
¿Cuánto cambia la pensión?
Aquí está lo que explica el interés del caso. Con la incapacidad total, la pensión equivale a un porcentaje de la base reguladora. Con la absoluta, sube al total.
- Incapacidad total: el INSS le reconoció una incapacidad total equivalente al 75% de la base reguladora. En cifras, eso suponía unos 1.615 euros mensuales.
- Incapacidad absoluta: la sentencia reconoce una pensión vitalicia equivalente al 100% de una base reguladora de 2.152,07 euros mensuales, con efectos retroactivos desde el 23 de febrero de 2024.
La diferencia ronda los 500 euros al mes, y además se paga con efectos desde esa fecha. Para quien vive de esa pensión, el cambio es enorme.
¿Cuál es la diferencia entre incapacidad total y absoluta?
Es una de las dudas más comunes, y conviene tenerla clara.
- Incapacidad permanente total: inhabilita al trabajador para su profesión habitual, aunque puede dedicarse a otra distinta.
- Incapacidad permanente absoluta: impide realizar cualquier profesión u oficio.
Dicho de otra manera, en la total la Seguridad Social considera que podrías trabajar en otra cosa; en la absoluta, que no puedes trabajar en nada. Por eso la cuantía y el reconocimiento son distintos.
¿Por qué ganó el taxista?
El cuadro médico era grave y crónico
El afectado presentaba una lumboartrosis con afectación nerviosa, además de una depresión mayor recurrente y una ansiedad generalizada de carácter crónico, con tratamiento psiquiátrico continuado desde 2018 y una evolución que había empeorado.
El tribunal valoró el conjunto, no cada problema por separado. Los magistrados destacaron que el cuadro reflejaba una clínica intensa y falta de mejoría, y que era incompatible con el desempeño de cualquier oficio.
El argumento del INSS no convenció
La Seguridad Social sostuvo que su situación era compatible con trabajos ligeros. Según se recoge, defendía que no existía deterioro de la personalidad ni síntomas psicóticos, por lo que podía hacer trabajos sedentarios. El tribunal señaló que, para desarrollar cualquier actividad, hacen falta capacidades que no se daban en este caso.
Este punto es importante. En problemas de salud mental, no basta con que no haya síntomas “extremos”. Lo que cuenta es si la persona puede rendir de forma regular en un trabajo, con constancia, ritmo y responsabilidad.
Lo que muestra esta sentencia
La noticia tiene varias enseñanzas útiles para otros trabajadores.
1. El primer grado reconocido no siempre es el definitivo. Que el INSS conceda una incapacidad total no impide reclamar una absoluta si tu estado lo justifica.
2. Los tribunales valoran el conjunto de dolencias. Problemas físicos y psicológicos se evalúan juntos. Una espalda dañada y una depresión crónica pueden, sumadas, impedir cualquier trabajo.
3. La constancia del tratamiento pesa. En este caso había seguimiento psiquiátrico desde 2018 y una evolución desfavorable. Un historial médico continuo y bien documentado fortalece la reclamación.
4. La reclamación previa es un paso obligatorio. Antes de ir al juzgado hay que presentarla. Aunque suele desestimarse, es un requisito para poder demandar.
5. Hay efectos retroactivos. Si ganas, la pensión puede computarse desde una fecha anterior, como ocurrió aquí.
¿Es una sentencia definitiva?
Aún no. La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo. Por tanto, el resultado final podría variar si alguna de las partes presenta recurso.
Qué hacer si no estás de acuerdo con tu grado de incapacidad
Si te encuentras en una situación similar, estos pasos ayudan a ordenar el camino:
- Pide y guarda toda tu documentación médica. Informes de especialistas, pruebas, tratamientos y evolución. Cuanto más completo, mejor.
- Lee con atención la resolución del INSS. Fíjate en los motivos por los que te deniegan el grado que pides.
- Presenta la reclamación previa en plazo. No dejes pasar los días hábiles que marca la norma.
- Consulta con un abogado laboralista o un sindicato. Pueden valorar si tu caso tiene opciones antes de ir a juicio.
- Prepara pruebas que muestren cómo te limita tu estado. Informes de seguimiento, historial laboral y tratamientos pesan en la decisión.
- No esperes a que sea tarde. Los plazos para reclamar son cortos y perderlos puede cerrar la vía judicial.
Preguntas frecuentes
¿Una incapacidad absoluta significa que nunca podré trabajar?
Reconoce que tu estado impide trabajar de forma habitual, pero no te impide siempre toda actividad. Existen reglas sobre compatibilidad y revisión, que conviene consultar en tu caso.
¿Puedo cobrar el 100% de la base reguladora con incapacidad total?
En general, la total se calcula con un porcentaje menor. En este caso era del 75%.
¿Cuánto tarda un procedimiento así?
Depende de cada caso. Aquí la baja ya había durado 545 días y los efectos se retrotrajeron a febrero de 2024, lo que da idea de que son procesos largos.
¿Todos los casos terminan igual?
No. Cada situación depende de las pruebas médicas y de cómo las valore el tribunal. Esta sentencia no garantiza el mismo resultado para otras personas.
Conclusión
El caso del taxista de Gijón demuestra que una resolución de la Seguridad Social puede revisarse en los tribunales cuando el cuadro médico lo justifica. Pasó de una incapacidad total, con una pensión de unos 1.615 euros, a una incapacidad absoluta con una pensión vitalicia de 2.152,07 euros mensuales. Su historia no es una promesa para todos, pero sí un recordatorio útil: si crees que tu grado de incapacidad no refleja tu situación real, conoce tus derechos, reúne tu documentación y busca asesoramiento a tiempo.
